jueves, 4 de agosto de 2011

DICTAMEN FISCAL

GENERALIDADES


El dictamen fiscal es un informe a través del cual, los Contadores Públicos emiten su opinión profesional, determinando si los estados financieros que examinan presentan la situación financiera de la empresa conforme a las Normas de información Financiera (NIF) y si en el resultado de la revisión se cumple con las obligaciones fiscales del contribuyente.    nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn

El Dictamen Fiscal es una herramienta de gran importancia para las partes involucradas: Para la autoridad fiscal representa un medio indirecto de fiscalización que le permite supervisar mejor a los contribuyentes con el propósito de incrementar la recaudación, así como de orientar y concientizar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; para los Contadores Públicos es la oportunidad de ampliar y diversificar su desempeño laboral; y, para el contribuyente, constituye un medio de seguridad fiscal que le otorga confianza, a la vez que muestra objetivamente su disposición para cumplir con sus obligaciones tributarias.

En principio, el dictamen fiscal implica el otorgamiento de confianza de la autoridad, al trabajo profesional de los contadores públicos que los emiten.

Así lo establece el artículo 52 del Código Fiscal de la Federación en su primer párrafo que dice: “Se presumirán ciertos, salvo prueba en contrario, los hechos afirmados en los dictámenes formulados por los contadores públicos sobre estados financieros de los contribuyentes”.

Lo anterior, ejemplifica la responsabilidad y el riesgo que significan otorgar el registro para formular dictámenes a profesionistas que no cuenten con la capacidad teórica y técnica, así como la práctica requerida para ejercer su profesión; al tiempo que justifica el derecho de la autoridad de cerciorarse, de que los dictámenes que se le presentan con relación a los contribuyentes sean confiables, así como de que, quienes efectúan tales dictámenes, tengan la obligación de asegurarle al contribuyente su capacidad profesional.
¿Quién está obligado a Dictaminarse?

Las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentran en alguno de los siguientes casos:
  • Que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34,803,950.00.
  • Que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $69,607,920.00.
  • Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
  • Que estén autorizadas para recibir donativos deducibles. En este caso, el dictamen se realizará en forma simplificada.
  • Que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto.
  • La escindente y las escindidas, por el ejercicio fiscal en que ocurra la escisión y por el siguiente
  • Las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.
Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que no estén obligadas, pueden optar por hacerlo (Artículo 32 A del CFF)

Medios de Presentación del Dictamen


El dictamen se elabora y envía a través del SIPRED. Es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet.

Requisitos

Los Requisitos para presentar el dictamen por Internet son:
  • Tener una cuenta de acceso a este servicio a través de un Proveedor de Servicios de Internet (PSI), contar con correo electrónico (e-mail) y una PC compatible con Windows 7,  XP o Windows Vista (con últimas versiones del service pack instaladas) en idioma inglés o español.
  • Contar con su certificado de firma electrónica avanzada (Fiel). Recuerde que el certificado digital tiene una vigencia máxima de dos años, verifique su vigencia, si estuviera próximo a vencerse le recomendamos que lo renueve en línea.

    Para renovar su certificado de Firma Electrónica Avanzada actual, debe generar previamente su archivo de requerimiento de renovación (*.ren) desde la aplicación SOLCEDI.

    Si desea renovar su certificado digital pero extravió su llave privada o no recuerda su contraseña de acceso, deberá acudir personalmente a cualquiera de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente y solicitar, mediante un escrito libre, la revocación de su certificado actual y generar uno nuevo.
No deje de visitar el sitio www.ricoalmazansc.com